Subvención MOVE III para cargadores eléctricos en Bizkaia

Será subvencionable la Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos (Programa de Incentivos 2).

Subvenciones cargadores eléctricos

Ayudas ofrecidas para el despliegue de la infraestructura de cargadores eléctricos

El programa subvenciona la implantación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos, incluyendo la instalación de puntos de recarga tanto para uso público como privado.

Requisitos subvenciones infraestructuras de recarga de coches

Los beneficiarios pueden ser personas físicas, comunidades de propietarios, autónomos, pymes y entidades locales. Las instalaciones deben cumplir con la normativa vigente y estar ubicadas en el País Vasco. Es recomendable consultar el documento de bases del programa para obtener información detallada sobre los requisitos específicos.

Cuantía de la ayuda para la instalación de infraestructuras de cargadores de coches eléctricos

El Programa MOVES III establece una tabla de cuantías de las ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, diferenciando según el tipo de solicitante y las características de la instalación. A continuación, se resumen las principales categorías:

1. Particulares, autónomos, comunidades de propietarios y administraciones públicas sin actividad económica

  • Tipo de instalación: Cualquier punto de recarga, independientemente de su potencia y si es de acceso público o privado.
  • Porcentaje de ayuda: Hasta el 70% del coste subvencionable.

2. Empresas y entidades públicas con actividad económica

  • Tipo de instalación:
    • Puntos de recarga de acceso público con una potencia igual o superior a 50 kW:
      • Pequeñas empresas: Hasta el 55% del coste subvencionable.
      • Medianas empresas: Hasta el 45% del coste subvencionable.
      • Grandes empresas: Hasta el 35% del coste subvencionable.
    • Puntos de recarga de acceso privado de cualquier potencia o de acceso público con potencia inferior a 50 kW:
      • Pequeñas empresas: Hasta el 45% del coste subvencionable.
      • Medianas empresas: Hasta el 35% del coste subvencionable.
      • Grandes empresas: Hasta el 25% del coste subvencionable.

3. PYMES que se acojan al Reglamento de minimis al realizar la solicitud

  • Tipo de instalación: Puntos de recarga de acceso público con una potencia igual o superior a 50 kW.
  • Porcentaje de ayuda: Hasta el 65% del coste subvencionable.

Es importante destacar que estos porcentajes pueden incrementarse en un 10% adicional si la instalación se realiza en municipios de menos de 5.000 habitantes. Además, las ayudas están sujetas a la disponibilidad presupuestaria y a posibles actualizaciones en las bases reguladoras del programa.

Plazos de la subvención

El plazo para presentar solicitudes comenzó el 28 de septiembre de 2021 y se ha extendido hasta el 30 de junio de 2025. Es importante tener en cuenta que las ayudas están sujetas a la disponibilidad presupuestaria, por lo que se recomienda presentar las solicitudes lo antes posible.

MOVES III

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